Regl. 6716, art. XVIII

Reglamento para regir el programa de compraventa de productos agrícolas (programa de mercadeo) de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario

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Cite as Reglamento Núm. 6716, Art. XVIII

ENMIENDAS El Secretario de Agricultura podrá enmendar cualquier parte o todo este Reglamento en cualquier momento y luego de su aprobación.
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