Regl. 6716, art. XVII dup2

Reglamento para regir el programa de compraventa de productos agrícolas (programa de mercadeo) de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario

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Cite as Reglamento Núm. 6716, Art. XVII dup2

INCUMPLIMIENTO Y PENALIDAD La Administración podrá negarse a conceder los beneficios establecidos en este Programa a cualquier agricultor o Núcleo de Agricultores que haya dejado de cumplir con las disposiciones asumidas en un Programa anterior. Cuando este caso ocurriere, tal agricultor o Núcleo de Agricultores estará obligado a rembolsar el monto de los beneficios que haya recibido. 12
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