Regl. 6719, art. 9.9

Enmiendas

Length: 29 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6719, Art. 9.9

Toda enmienda o cambio a este Reglamento, deberá efectuarse conforme a lo establecido en la Sección 2.1 de la Ley 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada.
Regl. 6719, art. 9.9: Enmiendas | Justis AI