Regl. 6732, art. VIII dup2
Reglamento para la venta de propiedades inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Cite as Reglamento Núm. 6732, Art. VIII dup2
TRÁMITE PARA LA VENTA DE PROPIEDADES
DISPONIBLES MEDIANTE PRESENTACIÓN DE
PROPUESTAS
A.
1. Todo inmueble disponible para la venta por solicitud de Propuestas
deberá ser tasada por un tasador independiente licenciado,
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contratado por ASDA para esos efectos. La tasación será válida
por seis (6) meses, y será revisada por el Comité de Ventas de
Propiedad y será actualizada en aquellos casos en que el término
del proceso de venta se extienda mas allá de dicho periodo. La
tasación se utilizará por ASDA como indicador para establecer el
precio de venta mínimo aceptable para la propiedad.
2. El término para culminar la compraventa será hasta seis (6)
meses, contados desde la fecha de la tasación. Si excede este
término la parte responsable por no haberse podido finalizar la
venta asumirá los costos de una nueva tasación.
En los casos en que se venda la propiedad inmueble a otras
agencias gubernamentales, la tasación podrá ser contratada por
otra agencia, pero la misma será revisada por el Comité de Venta
de Propiedad de ASDA previo a su aceptación.
3. La tasación será para el uso de ASDA y no se le proveerá la
misma al comprador para su estudio, ni para propósitos de
financiamiento en caso de que el comprador sea una entidad
privada, a no ser que el Administrador estime que sea
conveniente y necesario hacerlo.
Toda propiedad inmueble de ASDA será tasada de acuerdo a su
mejor uso. El valor tasado será el valor en el mercado en pleno
dominio
B. En el caso de venta por solicitud de propuestas, el Comité de Ventas de
Propiedad, luego de recibir la tasación, preparará una invitación para la
solicitud de propuestas, la cual se hará mediante un anuncio que se
publicará en un periódico de circulación general en Puerto Rico, 0 en
cualquier otro medio de comunicación que el Administrador estime
adecuado. Dicha invitación deberá indicar que los interesados en
adquirir la propiedad deberán someter una propuesta que cumpla con los
requerimientos establecidos en este Reglamento. La invitación deberá
incluir la siguiente información:
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1. Una descripción de la propiedad disponible y la expresión de que la
misma se venderá en la condición en que se encuentra.
2. Que la venta se hará mediante un proceso competitivo para el cual se
establecerán las condiciones específicas.
3. Lugar y fecha límite para someter la propuesta.
4. Indicación de que ASDA se reserva el derecho a rechazar
cualesquiera o todas las propuestas o cancelar el procedimiento,
según determine el Administrador.
C.
Las instrucciones para la preparación de propuestas podrán incluir la
siguiente información, además de cualquier otra información que se
entienda necesaria:
1. Requisitos necesarios para ser proponente elegible.
2. Información a someterse en la propuesta.
3. Hora, día y lugar donde se someterán las propuestas.
4. Criterios de evaluación de la propuesta.
5. Modo de notificación de la adjudicaron y procedimiento para la
compraventa.
6. Se indicará, además, que al momento de formalizarse la
compraventa, el comprador deberá pagar todos los gastos de
otorgamiento de la escritura de compraventa, expedición de su
copia certificada e inscripción en el Registro de la Propiedad.
7. Las cláusulas especificas a las que estará sujeta la venta de la
propiedad y que serán incluidas en la escritura de compraventa.
D. Toda Propuesta incluirá la siguiente información:
1. Plan detallado de uso y negocio al cual se dedicará la
propiedad disponible, incluyendo la cantidad de inversión
de capital.
2. Oferta de Compra.
3. Condición financiera de la persona, o entidad interesada, У
evidencia de tener los recursos para adquirir y desarrollar la
propiedad disponible incluyendo: cartas de intención de
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de Hacienda, CRIM o el Departamento de Rentas Internas
de EEUU.
4. En caso de que la actividad económica a ser desarrollada
en la propiedad requiera la concesión de algún derecho
especial por una tercera persona, se acompañará evidencia
de la obtención de dicho derecho especial.
5. Certificación, bajo juramento, de que toda la información
suministrada en la propuesta es correcta.
6. El proponente incluirá las proyecciones de impacto
económico en el área donde ubica la propiedad disponible,
especialmente el número de empleos directos e indirectos
que generará la actividad a ser desarrollada.