Regl. 6732, art. XIV dup2
Reglamento para la venta de propiedades inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Cite as Reglamento Núm. 6732, Art. XIV dup2
ANULACIÓN DEL PROCESO DE VENTA
Si la persona a quien se le adjudicó la venta no entrega el depósito en el tiempo
provisto, el Comité de Ventas, o el Administrador, podrá anular el procedimiento de
venta. Si la persona a quien se le adjudicó la venta cancela la transacción durante
el período de trámite por razones no atribuibles a culpa o negligencia de ASDA o
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no se presenta a ejecutar la escritura de compraventa y pagar el balance del precio
de venta, ASDA retendrá el depósito para cubrir gastos administrativos.