Regl. 6732, art. XIV dup2

Reglamento para la venta de propiedades inmuebles de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario

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Cite as Reglamento Núm. 6732, Art. XIV dup2

ANULACIÓN DEL PROCESO DE VENTA Si la persona a quien se le adjudicó la venta no entrega el depósito en el tiempo provisto, el Comité de Ventas, o el Administrador, podrá anular el procedimiento de venta. Si la persona a quien se le adjudicó la venta cancela la transacción durante el período de trámite por razones no atribuibles a culpa o negligencia de ASDA o 11 no se presenta a ejecutar la escritura de compraventa y pagar el balance del precio de venta, ASDA retendrá el depósito para cubrir gastos administrativos.
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