Regl. 6734, art. 10-10.5 dup2
Pago de MatrÃcula
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Cite as Reglamento Núm. 6734, Art. 10-10.5 dup2
Se podrá autorizar el pago de matrÃcula a los empleados, conforme a las
normas que se establecen a continuación. A tales fines, se consignarán los
fondos necesarios en el presupuesto de la Corporación.
1. Disposiciones Generales
a.
El pago de matrÃcula se utilizará como un recurso para el
mejoramiento de conocimientos y destrezas requeridas a los
empleados para el mejor desempeño de sus funciones, asà como
para su crecimiento en el servicio público.
b.
El pago de matrÃcula se aplicará principalmente a estudios
académicos de nivel universitario que se lleven a cabo en Puerto
Rico en instituciones oficialmente acreditadas por el Estado Libre
Asociado de Puerto Rico. También será aplicable a cursos sin
créditos organizados por el Instituto para el Desarrollo de
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Personal en el Servicio Público, la Corporación o por
organizaciones profesionales.
C. Se podrá autorizar hasta un máximo de seis (6) créditos a
un empleado durante un semestre escolar o sesión de verano.
En casos meritorios, podrá autorizarse un número mayor de
créditos. Se dejará constancia, en cada caso, de las razones de
mérito que justifiquen la acción que se tome.
2.
Establecimiento de Prioridades
AI establecer las prioridades que regirán esta actividad, se tomará
en consideración, entre otros, uno o más de los siguientes
criterios:
a.
Que no se afecte la naturaleza de los servicios de
confianza que presta el empleado.
b. La necesidad de preparar personas en determinadas
materias para poder prestar un mejor servicio, mejorar la
eficiencia del personal o adiestrar su personal en nuevas
destrezas.
C. Que sean cursos o asignaturas estrechamente
relacionadas con los deberes y responsabilidades del
puesto que ocupa el empleado.
d. Que sean cursos o asignaturas conducentes al grado
de bachiller en campos relacionados con el servicio público.
e.
Que sean cursos o asignaturas postgraduados en
campos relacionados con el servicio público.
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f.
Que sean cursos preparados para permitir al
personal asumir nuevos deberes y responsabilidades en la
Corporación.
3.
Denegación de Solicitudes
No se autorizarán el pago de matrÃcula a empleados:
a.
Cuyo Ãndice académico general en cursos anteriores
autorizado bajo el programa de pago de matrÃcula, sea
inferior a 2.5 en estudios a nivel de bachillerato o 3.0 en
estudios postgraduados.
b.
Que soliciten cursos sin créditos excepto según se
dispone en el anterior inciso 1(b) de esta Sección.
c.
Que se hayan dado de baja en cursos autorizados
para sesiones anteriores, después de la fecha fijada por el
centro de estudios para la devolución de los cargos de
matrÃcula, a menos que reembolsen el total invertido en la
misma, excepto en los siguientes casos: que haya sido
llamado a servicio militar, que se le haya requerido viajar
fuera de Puerto Rico en asuntos oficiales; que se les haya
trasladado a pueblos distantes de los centros de estudio;
que por razones de enfermedad se hayan visto obligados a
ausentarse de su trabajo y sus estudios; o que los
empleados se vean impedidos, por razones ajenas a su
voluntad, a continuar estudios.
4.
Gastos que se Autorizarán
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La autorización de pago de matrÃcula solo incluye los gastos por
concepto de horas crédito de estudio (tuition). Las cuotas y los gastos
incidentales correrán por cuenta de los empleados.
5.
Reembolso de Pago de MatrÃcula
Los empleados acogidos a los beneficios del pago de matrÃcula
que descontinúen sus estudios vendrán obligados a rembolsar al erario
la cantidad invertida en los cursos en que se hayan dado de baja. El (la)
Director (a) Ejecutivo (a) podrá eximir de reembolso al empleado
cuando compruebe que ha habido causa que lo justifique.
6. Informe de Progreso Académico
Será responsabilidad de cada empleado a quien se le concede
pago de matrÃcula someter a la Corporación evidencia de su
aprovechamiento académico. La Corporación podrá, cuando asà lo
considere necesario, solicitar de los centros de estudios una relación de
las calificaciones obtenidas por sus empleados en cursos cuya matrÃcula
haya sido sufragada mediante este programa.