Regl. 6734, art. 10-10.6 dup2
Otras Actividades de Adiestramiento
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Cite as Reglamento Núm. 6734, Art. 10-10.6 dup2
La Corporación organizará y desarrollará cursos, institutos, talleres,
seminarios e intercambios de personal con el propósito de ampliar la
experiencia profesional O técnica y otras actividades de adiestramiento dirigidas
al personal de confianza en el servicio, para satisfacer las necesidades
particulares de la Corporación. Además, coordinará con el Instituto la
participación de los empleados de la Corporación en aquellas actividades de
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adiestramiento organizadas por el Instituto para satisfacer necesidades
generales y comunes del servicio público.
El Instituto establecerá los criterios para la selección de las personas a
ser adiestradas, los instructores, el contenido de los cursos de adiestramiento y
la evaluación de éstos, para aquellas actividades destinadas a satisfacer
necesidades inherentes a las funciones de la Corporación. Este podrá
solicitar el asesoramiento del Instituto o contratar con el mismo, servicios
técnicos y de asesoramiento asà como el uso de facilidades, materiales y
equipo, conforme a las normas y procedimientos que para esos fines establezca
al (la) Administrador (a) de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de
Administración de Recursos Humanos.