Regl. 6734, art. 4-4.2 dup2

Número de Empleados de Confianza

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Cite as Reglamento Núm. 6734, Art. 4-4.2 dup2

1. El (la) Director (a) Ejecutivo (a) preparará un plan que contenga los puestos designados de confianza bajo los incisos (1) y (2) de la Sección 4.1 que antecede, conque interese funcionar. El número total de empleados de confianza, a tenor con los referidos incisos (1) y (2) no excederá de veinticinco (25). 4 2. La Administradora de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos podrá aprobar más de veinticinco (25) puestos de confianza cuando el tamaño, complejidad и organización de la Corporación requiera un número mayor para su funcionamiento eficiente. En la designación de puestos de confianza, el (la) Director (a) Ejecutivo (a) hará uso juicioso y restringido de la facultad que a esos efectos le confiere la Ley. 3. La Corporación presentará para la aprobación de la Oficina Central de Asesoramiento Laboral y de Administración de Recursos Humanos (OCALARH) un plan que contenga los puestos designados de confianza bajo los referidos incisos (1) y (2) con que interese funcionar. Los cambios que luego hubiere en dichos planes se informarán a la OCALARH a fin de que ésta determine que tales cambios están en armonía con la ley.
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