Regl. 6735, art. 6-6.1 dup2
Normas de Reclutamiento
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Cite as Reglamento Núm. 6735, Art. 6-6.1 dup2
La Corporación Para El Desarrollo Rural de Puerto Rico será responsable
de formular y adoptar las normas de reclutamiento para cada clase de puesto
comprendida en el plan de clasificación de puestos para el servicio de carrera
de la agencia, que propendan a atraer y retener los recursos humanos más
aptos e idóneos.
Las normas de reclutamiento establecerán los requisitos para el
reclutamiento a base del contenido de las especificaciones de clases. En todo
momento los requisitos estarán directamente relacionados con las funciones de
los puestos. Dichos requisitos tomarán en consideración la información que
hubiere disponible sobre el mercado de empleo y los recursos humanos. Las
normas prescribirán la clase 0 las clases de exámenes y el tipo de competencia
que fueren recomendables en cada caso. Las normas se revisarán
periódicamente para atemperarlas a los cambios que ocurrieren.
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Para optar para empleo en la Corporación / el candidato debe cumplir
con las siguientes condiciones generales de ingreso al servicio público,
requeridas en la Sección 4.3 (3) de la Ley Núm. 5, supra: estar fÃsica y
mentalmente capacitado para desempeñar las funciones del puesto; evidenciar,
al momento de la solicitud de empleo, que se ha rendido la planilla de
contribución sobre ingresos durante los cuatro (4) años previos a la solicitud, si
estaba obligado a rendir la misma, no haber incurrido en conducta deshonrosa;
no haber sido destituido del servicio público; no haber sido convicto por delito
grave 0 por cualquier otro delito que implique depravación moral; y no ser
adicto al uso habitual y excesivo de sustancias controladas o bebidas
alcohólicas. Estas últimas cuatro (4) condiciones no aplicarán cuando el
candidato haya sido habilitado.
Para optar para empleo en la Corporación / el candidato también debe
dar cumplimiento al ArtÃculo 30 de la Ley Núm. 86 de 17 de agosto de 1994,
conocida como la Ley de la Administración para el Sustento de Menores. El