Regl. 6735, art. 8-8.7 dup2
Destituciones durante PerÃodo Probatorio
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Cite as Reglamento Núm. 6735, Art. 8-8.7 dup2
Se podrá destituir a empleados de carrera en cualquier momento dentro
del perÃodo probatorio debido a su conducta, hábitos, 0 actitudes. Dicha
destitución estará precedida de una formulación de cargos, derecho a vista
previa y apercibimiento de su derecho de apelación ante la Junta de
Apelaciones del Sistema de Administración de Personal conforme el
procedimiento establecido en el ArtÃculo 8 de este Reglamento.