Regl. 6737, art. 13-13.04 dup2

Categoría I

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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 13-13.04 dup2

Deberá cumplir con los siguientes requisitos: A. Identificación y rotulación 1. Parte delantera-Tendrá pintada en forma invertida la palabra "AMBULANCIA" en letras color azul de un tamaño de cuatro (4) pulgadas de alto sobre papel reflectivo blanco. 2. Lados- Deberá llevar la palabra "AMBULANCIA" en letras no menor de seis (6) pulgadas de alto en color azul sobre papel reflectivo blanco. En ambos lados exhibirá además, una Cruz Azul en papel reflectivo blanco de tamaño de 16 pulgadas en un cuadro de 18 pulgadas. 3. Parte trasera- Deberá llevar la palabra "AMBULANCIA" en letras no menores de seis (6) pulgadas de alto de color azul sobre papel reflectivo blanco. En ambos cristales traseros exhibirá una cruz azul en tamaño de doce (12) pulgadas, sobre papel reflectivo blanco, en un cuadrado de catorce (14) pulgadas. 4. Capota- No llevará identificación. 5. Puertas laterales- Exhibirá en ambas puertas el nombre del concesionario o de la empresa y el número de autorización de la Comisión en letras de cuatro (4) pulgadas de alto. Podrá incluir cualquier otra información pertinente, así como el área 0 región operacional y el número de teléfono, así como cualquier sello oficial o el logo o emblema que lo identifique. 25 B. Equipos, materiales y suministros: Según los recomendados por el Departamento. C. Color: Todas las ambulancias serán de color blanco con una línea de identificación ininterrumpida en color anaranjado entre seis (6) pulgadas y catorce (14) pulgadas de ancho. D. Luces: Estarán identificadas con una luz roja intermitente (biombo). E. Personal: Para la operación de una ambulancia de esta Categoría, sólo se requerirá que sea por un operador de ambulancia con licencia de conductor categoría cuatro (4) 0 cinco (5) del Departamento de Transportación y Obras Públicas, según lo establecido en el Artículo 6.01 este Reglamento.
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