Regl. 6737, art. 19-19.01
Funcionarios a cargo de vigilar el cumplimiento del Reglamento
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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 19-19.01
Los inspectores de la Comisión y del Departamento, PolicÃa de Puerto Rico y
Guardias Municipales deberán estar atentos al cumplimiento de la ley de la
Comisión, la del Servicio de Ambulancia y de las disposiciones de este
Reglamento.