Regl. 6737, art. 20-20.10
Orden de cese y desista
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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 20-20.10
La Comisión 0 el Departamento podrán mediante un procedimiento de acción
inmediata ordenar un cese y desista a aquellos operadores, asistentes, técnicos
de emergencias médicas O cualquier persona que incurra en prácticas que
pongan en riesgo la salud y seguridad pública. Dentro del término de diez (10)
dÃas contados a partir de la orden de cese y desista, la Comisión o el
Departamento ordenará la celebración de una Vista Pública para resolver en sus
méritos la orden de cese y desista.