Regl. 6737, art. 20-20.12
Obligación de ofrecer servicios
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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 20-20.12
Toda empresa estará obligada a ofrecer sus servicios de emergencia, si se
encontraran sus unidades presentes en el lugar de un accidente y rendir sus
servicios (sujeto a que sean aceptados) independientemente de haber mediado
solicitud previa para ello.