Regl. 6737, art. 4-4.08
Médico Control
Length: 103 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 4-4.08
Médico licenciado en Puerto Rico, especializado en medicina de emergencia O
médico licenciado en Puerto Rico que ha tomado y aprobado los cursos en
"Advanced Cardiac Life Support" (ACLS), "Advanced Trauma Life Support"
(ATLS), "Pediatric Advanced Life Support" (PALS) y que posee no menos de tres
(3) años de experiencia, en medicina pre-hospitalaria O en los servicios de
medicina de emergencia y establece comunicación con el personal de la
ambulancia, dándole instrucciones por radio o por cualquier otro medio de
comunicación, sobre el manejo del paciente conforme a la norma de cuidado
médico requerido en la profesión para el manejo de emergencias médicas.