Regl. 6737, art. 4-4.19

Querella

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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 4-4.19

Reclamación jurada presentada ante la Comisión de Servicio Público, por un particular, usuario 0 concesionario contra un usuario, concesionario o particular, solicitando que le sea reconocido su derecho y se le conceda un remedio. Los procedimientos así iniciados se regirán por las Reglas de Procedimiento de la Comisión de Servicio Público de 1990.
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