Regl. 6737, art. 5-5.02
Corporaciones y Sociedades
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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 5-5.02
1. Copia del Certificado de Incorporación, de los ArtÃculos de
Incorporación, Certificado de Vigencia Corporativa (Good Standing), de
documento acreditativo de la composición de la Junta de Directores, 0 copia del
documento mediante el cual se constituyó la sociedad.
2. Si es corporación extranjera, someterá evidencia del Departamento de
Estado de Puerto Rico, acreditativa de la autorización para realizar negocios en
Puerto Rico y el nombre y dirección postal y residencial del agente residente.
3. En el caso de las corporaciones, someterán los requisitos de
fotografÃas, certificado de nacimiento, certificado médico, antecedentes penales
e historial choferil del Presidente de la Corporación y/o representante autorizado.
En el caso de las sociedades deberán proveerse estos documentos por cada
uno de sus socios,
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4. Estado financiero de la corporación o sociedad compilado y/o auditado
por un Contador Público Autorizado, correspondiente al año precedente a la
fecha de la presentación de la solicitud de autorización y número de seguro
social patronal.
5. Recibo oficial acreditativo del pago de los aranceles correspondientes.
6. En el caso de las corporaciones deberá proveer además una resolución
corporativa mediante la cual se autoriza a su representante a realizar dichas
gestiones ante la Comisión.
.Certificación negativa de deuda contributiva, expedida por el
Departamento de Hacienda.
8. Certificación de radicación de Planillas de Contribución sobre Ingresos
de los últimos cinco (5) años, expedida por el Departamento de Hacienda.
9. Certificación del Programa de Seguro Social para Choferes y otros
empleados del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Seguro Social
Choferil).
10. Someterá evidencia sobre las gestiones que está realizando para la
adquisición de las unidades que utilizará para el servicio, copia de las pólizas de
seguro, relación del personal que rendirá el servicio con la evidencia de las
licencias expedidas por el Departamento de Salud y la Comisión.
11. Cualquier otra información o requisito que la Comisión o el
Departamento estime conveniente y pertinente.