Regl. 6737, art. 7-7.03

Término para presentar la solicitud al Departamento

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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 7-7.03

El Departamento determinará si expide o no el endoso de la unidad para que continúe el trámite ante la Comisión. Esta determinación estará basada en los requisitos establecidos por éste para cada Categoría y en los requisitos de preparación académica, adiestramientos y aprobación de los cursos recomendados del personal que trabajará en las ambulancias. El endoso expedido por el Departamento en ningún caso obligará a la Comisión a tomar la determinación correspondiente en cada solicitud. Será discreción de la Comisión acoger la solicitud, si a su juicio, entiende que el solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos por ésta. El solicitante radicará la Solicitud de Certificación ante el Departamento junto con los documentos aplicables establecidos por éste.
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