Regl. 6737, art. 7-7.08

Expedición del Endoso por el Departamento

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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 7-7.08

Si el Departamento expide el endoso, remitirá a la Comisión certificado acreditativo de que el solicitante cumplió con todos los requisitos establecidos por el Departamento y que evidenció además: a. Contrato de servicios o evidencia del acuerdo formalizado entre el solicitante y un director médico, así como el (los) médico(s) de control que tendrá disponible para el servicio en los casos de unidades Categoría III, IV y V. El director médico podrá fungir como médico control. b. En las unidades Categoría II, III, IV y V deberá demostrar evidencia del sistema de comunicaciones consistente de radio-teléfono bi-direccional entre la ambulancia y la oficina de despacho, en las unidades Categoría I podrá tener radio-teléfono bi-direccional o teléfono celular. 15 C. Un manual de normas y procedimientos operacionales. Este documento deberá incluir lo siguiente: 1. Misión del Servicio 0 Compañía. 2. Descripción de la Organización: a) organigrama b) funciones del personal 3. Plan de contingencia ante desastres. 4. Procedimientos para el manejo de pacientes con enfermedades infecciosas. 5. Procedimientos para el manejo de enfermos mentales, menores de edad, víctimas de violación o maltrato. 6. Procedimiento para el control de medicamentos (Categoría III, IV y V). 7. Metodología evaluativa a seguir para evaluar el servicio y tratamiento ofrecido al paciente. 8. Plan de Control de Exposición a patógenos en sangre. 9. Protocolo de tratamiento médico. El protocolo deberá proveer tratamiento para pacientes adultos y pediátricos. Este deberá establecer el tratamiento a prestar, basado en la evaluación de la condición del paciente. El mismo deberá ser desarrollado por el Director Médico del servicio (Categorías III, IV y V). d. Póliza de Seguro por Responsabilidad . e. En las unidades dentro de las Categorías III, IV y V deberá poseer licencia de botiquín, según la reglamentación en vigor de la Secretaría Auxiliar. f. Hoja de Pacientes que deberá ser completada cada vez que se ofrezcan servicios de transporte a pacientes. En el caso de unidades Categoría II, III, IV y V, la hoja deberá incluir lo siguiente: 1. Dirección exacta del lugar del incidente 2. Fecha del incidente 3. Hora del incidente 16 4, Hora de salida hacia el incidente 5. Hora de llegada a la escena del incidente 6. Hora de salida de la escena del incidente 7. Hora de llegada a las facilidades médicas 8. Hora de terminado el caso (de nuevo en servicio) 9. Número de incidente 10. Número de Seguro Social del paciente 11. Número de unidad que responde 12. Número de identificación del personal que responde 13. Nombre del paciente 14. Dirección del paciente 15. Fecha de nacimiento del paciente 16. Edad del paciente 17. Sexo del paciente 18. Facilidad hacia donde se transportó el paciente 19. Queja principal 20. Impresión diagnóstica 21. Signos vitales del paciente 22. Historial médico pasado del paciente 23. Medicamentos que utiliza el paciente 24. Alergias del paciente 25. Signos y síntomas hallados durante la evaluación 26. "Glasgow Coma Scale" 27. "Revised Trauma Score" 28. Tratamientos 0 procedimientos suministrados 29. Medicamentos administrados (hora y ruta de administración) 30. Seguro médico del paciente 31. Condición del paciente al llegar al destino final De tratarse de una unidad Categoría I, la Hoja de Paciente deberá incluir lo siguiente: 1. Número de incidente 17 2. Dirección del paciente 3. Nombre del paciente 4. Seguro médico 5. Dirección del lugar donde se recogió el paciente 6. Número de unidad 7. Número de identificación del operador 8. Fecha y hora del recogido del paciente 9. Hora de salida hacia el destino final 10. Comentarios Toda Hoja de Paciente debe proveer un original y una copia. La hoja original será guardada por la compañía o servicio por un término no menor de cinco (5) años. En casos donde el paciente sea menor de edad, la compañía deberá guardar el original de la Hoja de Paciente hasta que el paciente sobrepase por un año (1), la mayoría de edad (21 años). La copia deberá ser entregada a la facilidad médica que reciba al paciente. La compañía o servicio hará disponible copia de cualquier Hoja de Paciente si así lo requiriera la Comisión o el Departamento.
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