Regl. 6737, art. 9-9.06

Límites de la póliza de seguro

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Cite as Reglamento Núm. 6737, Art. 9-9.06

Los límites de la póliza de seguro serán los siguientes: a. $100,000 por daños ocasionados a una persona hasta un máximo de $300,000 por eventualidad, en casos de que haya más de una persona lesionada. b. $50,000 por daños a la propiedad ajena.
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