Regl. 6738, art. 14-14.1
El personal del Centro, luego de pasar a ocupar un puesto
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Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 14-14.1
regular, será evaluado su desempeño una vez al año. Las evaluaciones serán un
instrumento a utilizarse para la capacitación de los empleados, asà como para la
otorgación de aumentos salariales siempre y cuando el Centro cuente con los
recursos económicos.