Regl. 6738, art. 19-19.4
Asistencia AI Trabajo En DÃas Libres O Feriados
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Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 19-19.4
El Director Ejecutivo, tendrá la facultad de solicitar y requerir la presencia en su
lugar de trabajo a uno, varios o todo el personal del Centro, cuando el servicio asÃ
lo amerite. Las personas que asà se les requiera, serán compensadas conforme
las normas sobre horas de trabajo y licencia que rigen en el Centro.