Regl. 6738, art. 21 dup2
RENUNCIAS
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Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 21 dup2
Todo empleado o funcionario que desee renunciar a su puesto lo hará por escrito
mediante carta dirigida al Director (a) Ejecutivo del Centro, la cual será entregada con por
lo menos quince (15) dÃas de anticipación a la fecha de efectividad.