Regl. 6738, art. 31-31.4
Todo empleado que vaya a ser afectado por un descenso, por
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Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 31-31.4
razones institucionales será notificado por escrito de las razones que motivan el
descenso, sus condiciones nuevo tÃtulo y sueldo a devengar con por el menos
treinta (30) dÃas de anticipación.