Regl. 6738, art. 47-47.5
CesantÃa - separación de un miembro del personal de su empleo
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Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 47-47.5
con el Centro debido a la falta de trabajo, fondos O cualquier otra causa ajena a la
voluntad del empleado, y la cual no constituye ni suspensión ni destitución.