Regl. 6738, art. 8 dup2

ENMIENDAS

Length: 61 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6738, Art. 8 dup2

Este Reglamento podrá ser enmendado por la Junta de Directores del Centro, por iniciativa propia o por recomendación del Director Ejecutivo. Sección - 8.1- El presidente de la Junta de Directores o el funcionario en quien éste delegue, podrá emitir, enmendar o derogar circulares y procedimientos que se relacionen con la aplicación de este Reglamento. CAPITULO II PRINCIPIOS GENERALES DE PERSONAL
Regl. 6738, art. 8 dup2: ENMIENDAS | Justis AI