Regl. 6745, art. IX dup2

Reglamento de Cuentas y Cobros del Programa de Título VI de la Corporación para el Desarrollo Rural de PR.

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CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD, DEROGACIÓN Y ENMIENDA La declaración, por un tribunal competente, de que alguna disposición de este reglamento es inválida, nula o inconstitucional no afectará las demás disposiciones del mismo, las cuales preservarán toda su validez y efecto. 6 Se derogan expresamente todos los reglamentos, normas y usos procesales de la Corporación para el Desarrollo Rural que regulen los procedimientos de cuentas y cobros del Programa de Fincas Familiares. Toda enmienda o cambio a este reglamento deberá efectuarse conforme a lo establecido en la Sección 2.1 de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada.
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