Regl. 6751, art. VIII

Regl. Para la implantación del sistema de turnos de propiedad para personas con impedimentos y fila de línea expreso para personas con sesenta años o más que soliciten los servicios de sus agencias adscritas.

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Cite as Reglamento Núm. 6751, Art. VIII

DERECHO DE RECONSIDERACIÓN 7
Regl. 6751, art. VIII: Regl. Para la implantación del sistema de turnos de propiedad para personas con impedimentos y fila de línea expreso para personas con sesenta años o más que soliciten los servicios de sus agencias adscritas. | Justis AI