Regl. 6761, art. 2.03

Miembros Activos de la Carrera Magisterial

Last amended: 1999Length: 125 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 2.03

El Secretario reconocerá como miembro activo de la Carrera Magisterial a todo el personal docente incluido en la Ley Núm. 158 de 18 de julio de 1999, según enmendada que: 1. Reclamó su nivel dentro del año siguiente al 18 de julio de 1999 y posteriormente radicó su Plan de Mejoramiento Profesional en la forma provista en el Capítulo IV de la misma Ley. 2. Reclamó, dentro del año siguiente al 28 de agosto de 2002, el nivel que le corresponda conforme a las disposiciones provisionales del Artículo 8.01 de la Ley Núm. 158, de 18 de julio de 1999, según enmendada. 3. Obtenga estatus permanente en el Sistema y en la fecha correspondiente señalada por el Secretario para activación, radiquen sus Planes de 2
Regl. 6761, art. 2.03: Miembros Activos de la Carrera Magisterial | Justis AI