Regl. 6761, art. 3.02 dup2

Organización de la División de Certificaciones Docentes y Desarrollo

Last amended: 1999Length: 87 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 3.02 dup2

Profesional La División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional tendrá un Director y el personal técnico y administrativo necesario para cumplir lo que ordena la Ley de la Carrera Magisterial y este Reglamento. La Secretaría Auxiliar de Recursos Humanos podrá asignar a la División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional, con carácter temporero, personal cualificado de otras dependencias del Departamento en períodos de actividad extraordinaria para acelerar procesos relacionados, por ejemplo, reconocimiento y otorgación de niveles, revisión de salarios y evaluación de los Planes de Mejoramiento Profesional.
Regl. 6761, art. 3.02 dup2: Organización de la División de Certificaciones Docentes y Desarrollo | Justis AI