Regl. 6761, art. 3.04
Confidencialidad de los Documentos
Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 3.04
Los informes de evaluación de los miembros de la Carrera Magisterial, los Planes de
Mejoramiento Profesional que éstos sometan y los documentos relacionados con
reconocimientos de nivel y revisiones de salario tendrán carácter de documentos
confidenciales. A los mismos, sólo tendrán acceso el personal autorizado de la División
de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional y los empleados del Departamento
de Educación a quienes se encomiende su evaluación. Hacerlos públicos o divulgar su
contenido, constituirá una violación de este Reglamento excepto, cuando alguno de los
miembros de la Carrera Magisterial autorice su publicidad 0 revele él mismo su
contenido. La infracción de este ArtÃculo conllevará la imposición de medidas
disciplinarias al funcionario 0 empleado responsable, conforme a las leyes y reglamentos
que apliquen. Copia del informe estadÃstico se proveerá a la organización que ostente la
representación exclusiva del personal docente, a solicitud de ésta.
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