Regl. 6761, art. 3.05 dup2
Mantenimiento de EstadÃsticas e Informes por Semestres Escolares
Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 3.05 dup2
La División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional mantendrá al dÃa los
archivos concernientes a la Carrera Magisterial y dentro de los treinta (30) dÃas laborables
subsiguientes a la conclusión de cada semestre escolar, le presentará al Secretario un
informe con tablas y gráficas con la siguiente información:
1. Miembros de la Carrera Magisterial por nivel, activos e inactivos.
2. Nuevos ingresos en la Carrera Magisterial.
3. Número de solicitudes de revisión de salarios radicadas por miembros de la
Carrera Magisterial y número de solicitudes aprobadas.
4. Número de solicitudes de reconocimiento de niveles radicadas y número de
solicitudes aprobadas.
5. Actividades de educación continua aprobadas por el Departamento de
Educación y asistencia a las mismas.
6. Número de créditos académicos aprobados en las universidades por los
miembros de la Carrera Magisterial.
7. Otros informes a solicitud del Secretario.
La División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional podrá completar su
Informe EstadÃstico con un Informe Narrativo sobre asuntos y problemas relacionados
con la implantación de la Carrera Magisterial. Copia del informe estadÃstico se proveerá
a la organización que ostente la representación exclusiva del personal docente, a solicitud
de ésta.