Regl. 6761, art. 3.07

Orientación a los Comités de Evaluación

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Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 3.07

La División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional orientará a los Comités de Évaluación respecto a la manera de interpretar las disposiciones de la Ley y el 9 Reglamento de la Carrera Magisterial, y cómo realizar los procedimientos que allí se pautan. A esos efectos, preparará: 1. Un formulario para solicitar nivel de acuerdo a lo que dispone la Ley de la Carrera Magisterial. 2. Modelos de Planes de Desarrollo Profesional que los directores utilizarán para orientar al personal docente incluido en la Ley. 3. Guías para la preparación de dichos planes. 4. Un formulario estándar para solicitar revisiones de salario. 5. Un formulario estándar para solicitar reconocimiento de niveles. 6. Guías que el Comité de Evaluación utilizará para evaluar solicitudes de revisión de salario y de reconocimiento de nivel de miembros de la Carrera Magisterial. Las guías, modelos y formularios mencionados aquí se harán accesibles a través de la oficina de los directores de escuela.
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