Regl. 6761, art. 3.07
Orientación a los Comités de Evaluación
Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 3.07
La División de Certificaciones Docentes y Desarrollo Profesional orientará a los Comités
de Évaluación respecto a la manera de interpretar las disposiciones de la Ley y el
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Reglamento de la Carrera Magisterial, y cómo realizar los procedimientos que allà se
pautan. A esos efectos, preparará:
1. Un formulario para solicitar nivel de acuerdo a lo que dispone la Ley de la
Carrera Magisterial.
2. Modelos de Planes de Desarrollo Profesional que los directores utilizarán para
orientar al personal docente incluido en la Ley.
3. GuÃas para la preparación de dichos planes.
4. Un formulario estándar para solicitar revisiones de salario.
5. Un formulario estándar para solicitar reconocimiento de niveles.
6. GuÃas que el Comité de Evaluación utilizará para evaluar solicitudes de
revisión de salario y de reconocimiento de nivel de miembros de la Carrera
Magisterial.
Las guÃas, modelos y formularios mencionados aquà se harán accesibles a
través de la oficina de los directores de escuela.