Regl. 6761, art. 6.05
Enmiendas a los Planes
Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 6.05
Los miembros de la Carrera Magisterial, en coordinación con los directores de escuela,
podrán enmendar sus Planes de Mejoramiento Profesional. También podrán anejarles
documentos o escritos que sean pertinentes en cualquier momento que lo estimen
necesario.