Regl. 6761, art. 8.08
Divulgación de los Programas
Cite as Reglamento Núm. 6761, Art. 8.08
La SubsecretarÃa de la Docencia remitirá copias de los programas de educación continua
a los distritos y a las escuelas. Estos tendrán la obligación de divulgarlos y de gestionar
la asistencia del personal docente a las actividades programadas.