Regl. 6762, art. 25-25.4.1

Elegibilidad para votar

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Cite as Reglamento Núm. 6762, Art. 25-25.4.1

Tendrán derecho al voto los profesores de la facultad con permanencia que estén en servicio activo que sean miembros del departamento; los demás profesores de la facultad con cualquier tipo de nombramiento, que sean miembros del departamento y que estando en servicio activo tengan por lo menos setenta y cinco por ciento (75%) de la tarea completa; y los profesores eméritos del departamento.
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