Regl. 6769, art. 12-12.2
Violaciones específicas.
Length: 297 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6769, Art. 12-12.2
Se multará al administrador o los usuarios de las facilidades de comunicación
según corresponda, de la siguiente manera o según la infracción siguiente lo
disponga:
1.
No entregar los informes requeridos en el tiempo reglamentario: Mil
dólares ($1,000.00) por la primera infracción y dos mil dólares ($2,000.00)
por cada infracción subsiguiente.
2.
Realizar mejoras o construcciones a la edificación (se excluye de esta
disposición al mantenimiento rutinario de la estructura) sin el debido
permiso del Departamento: Tres mil dólares ($3,000.00) por la primera
infracción y cinco mil dólares ($5,000.00) por cada infracción
subsiguiente.
3.
Permitir la instalación de equipo electrónico adicional en la facilidad de
comunicaciones sin la debida autorización del DRNA: Tres mil dólares
($3,000.00) por la primera infracción y cinco mil dólares ($5,000.00) por
cada infracción subsiguiente.
4.
No tener personal presente en la facilidad de comunicación al momento
del Departamento hacer la visita de evaluación: Quinientos dólares
($500.00) por la primera infracción y mil dólares ($1,000.00) por cada
infracción subsiguiente. De no poder asistir a la visita de evaluación
deberá notificarlo por escrito tres días antes de la visita O de surgir una
situación de emergencia deberá notificarlo por vía telefónica a la
brevedad posible y luego notificarlo por escrito.
5.
No mantener el equipo de emergencias para casos de derrame de
mn
combustible: Tres mil dólares ($3,000.00) por la primera infracción y cinco
mil dólares ($5,000.00) por cada infracción subsiguiente.
6.
Afectar 0 alterar la vegetación o la vida silvestre del área: las multas
dispuestas en la Ley de Bosques o la Ley de Vida Silvestre y sus
respectivos reglamentos.
18
7.
No realizar los cambios o mejoras que requiera el Departamento en el
tiempo solicitado: Tres mil dólares ($3,000.00) por la primera infracción y
cinco mil dólares ($5,000.00) por cada infracción subsiguiente.