Regl. 6770, art. VIIII-8.06
Reglamento para regir el uso, manejo y administración de áreas recreativas y de acampar bajo la jurisdicción del Departamento.
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Cite as Reglamento Núm. 6770, Art. VIIII-8.06
Toda solicitud de permiso deberá tramitarse únicamente
mediante los formularios oficiales que provea el Departamento.