Regl. 6770, art. VII-7.04
Reglamento para regir el uso, manejo y administración de áreas recreativas y de acampar bajo la jurisdicción del Departamento.
Length: 56 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6770, Art. VII-7.04
Todos los ingresos que provengan del cargo tarifario por
concepto de uso de las áreas recreativas y de acampar serán depositados en el Fondo
Especial de Desarrollo Forestal, según dispuesto en la Ley de Bosques de Puerto Rico
y serán utilizados para el mantenimiento y mejoras de dichas áreas, asà como para la
administración del Departamento.