Regl. 6770, art. V-5.05

Reglamento para regir el uso, manejo y administración de áreas recreativas y de acampar bajo la jurisdicción del Departamento.

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Cite as Reglamento Núm. 6770, Art. V-5.05

Se prohíbe encender fuego fuera de los sitios provistos para ello, lanzar o deshacerse de cualquier artículo encendido en los terrenos de las áreas naturales.
Regl. 6770, art. V-5.05: Reglamento para regir el uso, manejo y administración de áreas recreativas y de acampar bajo la jurisdicción del Departamento. | Justis AI