Regl. 6770, art. V-5.17

Reglamento para regir el uso, manejo y administración de áreas recreativas y de acampar bajo la jurisdicción del Departamento.

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Cite as Reglamento Núm. 6770, Art. V-5.17

Se prohíbe extraer material de la corteza terrestre O cualquier recurso natural existente en las áreas recreativas o de acampar. Se exceptúa la remoción de material de corteza terrestre en las áreas recreativas y de 12 acampar con propósito de conservación, mantenimiento o reparación de las mismas.
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