Regl. 6775, art. 13.01-5.01

Facultades

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Cite as Reglamento Núm. 6775, Art. 13.01-5.01

A. La Comisión entenderá en toda querella o controversia que le sea referida y que envuelva el deporte gallístico para que someta al Secretario el insumo de la vista y recomendaciones para la solución final. El Secretario podrá delegar cualquier otro asunto a la comisión para beneficio del deporte de gallos y los deportistas. CAPITULO 6 - RECOMENDACIONES DE LA COMISION
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