Regl. 6775, art. 13.01-7.04

Informes

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Cite as Reglamento Núm. 6775, Art. 13.01-7.04

A. La Comisión a través de su secretario elaborará un informe sobre cada controversia sometida, el cual contendrá los siguientes elementos: a. Resumen de la querella o controversia b. Resumen de la prueba desfilada c. Determinación de Hecho d. Conclusiones de Derecho e. Recomendaciones al Secretario B. El informe contendrá el resultado de la votación de los comisionados y será certificado por el secretario de la Comisión y firmado por el presidente. 11 CAPITULO 8 SUMISIÓN DE QUERELLAS Y CONTROVERSIAS JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
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