Regl. 6787, art. XV dup2

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Cite as Reglamento Núm. 6787, Art. XV dup2

Las disposiciones de este Reglamento comenzarán a regir treinta días a partir de la fecha de su radicación en el Departamento de Estado y el Archivo de Documentos Legislativos de las Comisiones del Senado de Puerto Rico y de la Cámara de Representantes de la Biblioteca Legislativa y se mantendrán vigentes hasta que sean derogadas o anuladas por el Secretario O Tribunal competente. Recomendado por: 26-02-2004 Fecha June Director Ejecutivo Autoridad de Carreteras y Transportación Aprobado por: 27-02-2004 Fecha Ing. Fernando Fagundo, Ph. D Secretario JU Transportación y Obras Públicas 17 Anexo Tabla de Cargos por Impacto: Exacción por Unidad Unidad Uso Residencial Unidad de Vivienda por unidad de vivienda $ 1,000.00 Condominio/Townhouse/Apartamentos por unidad de vivienda $ 1,000.00 Vivienda para envejeciente por unidad de vivienda $ 500.00 Institucional Escuela (Cuido/ Elemental / Superior) por cada 1,000 pies² $ 2,500.00 Universidad / Colegio por cada 1,000 pies² $ 3,500.00 Iglesia por cada 1,000 pies² $ 2,500.00 Cementerio por acre (4048 mts2) $ 4,500.00 Hospitales / Clínicas por cada 1,000 pies² $ 1,500.00 Nursing Home por cada 1,000 pies² $ 500.00 Prisión por cada 1,000 pies² $ 1,500.00 Oficinas y Áreas Comerciales Edificio de Oficinas y Áreas Comerciales: hasta 10,000 pies² de área bruta de piso Por cada 1,000 pies² $ 2,500.00 10,001-49,999 pies² de Por cada 1,000 pies² en área bruta de piso 25,000 más exceso de 10,000 pies² $ 2,000.00 más de 50,000 pies² de Por cada 1,000 pies² en área bruta de piso $ 105,000 más exceso de 50,000 pies² $ 1,500.00 Estacionamientos en exceso al mínimo reglamentario (aplicable en la zona de influencia de Tren Urbano) Estacionamiento $ 1,000.00 Servicios Restaurante (Ver Auto Servicio) Por cada 1,000 pies² $ 8,000.00 Tienda de consumo de bebidas alcohólicas Por cada 1,000 pies² $ 15,000.00 Gasolinera (Ver Auto Servicio) Por bombas $ 7,500.00 Banco (Ver Auto Servicio) Por cada 1,000 pies² $ 9,500.00 Auto Servicio (Restaurante, Bancos, Lavado de Auto, etc.) Por carril $ 2,500.00 Funerarias Por cada 1,000 pies² $ 750.00 Recreativo Parque de Diversiones (mini golf, etc.) Por acre (4048 mts²) $ 4,500.00 Canchas de tenis Por cancha $ 4,000.00 Bolera Por cada 1,000 pies² $ 3,750.00 Campo de golf Por hoyo $ 5,000.00 Parque Por acre (4048 mts²) $ 1,250.00 Hotel/Motel/Resort Por habitación $ 1,000.00 Marina Por anclaje $ 500.00 Teatros y Cines Por cada 1,000 pies² $ 4,000.00 Industrial Industria Por cada 1,000 pies² $ 1,000.00 Almacenes Por cada 1,000 pies² $ 750.00 Asfalteras Por planta $ 5,000.00 Hormigoneras Por planta $ 5,000.00
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