Regl. 6793, art. 13
DEBERES DEL SECRETARIO DE LA JUNTA
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Cite as Reglamento Núm. 6793, Art. 13
A. Responder directamente al Presidente.
B. Custodiar toda la información y documentos de la Junta.
C. Mantener récord de toda la correspondencia recibida o despachada por
la Junta.
D. Notificar a los miembros de la Junta sobre la celebración de vistas
administrativas.
E. Certificar las decisiones o resoluciones, cuando éstas se toman, y
cualquier otro documento de la Junta.
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F. Asistir a las vistas administrativas para tomar las minutas y redactar la
resolución sobre los acuerdos tomados.
G. Notificar a las partes involucradas la decisión final de la Junta.
H. Cumplir con todas las funciones y deberes inherentes a su cargo.