Regl. 6799, art. XIII-XVI
DEBERES DE LOS JUECES JUZGAMIENTO PASO FINO
Cite as Reglamento Núm. 6799, Art. XIII-XVI
Los jueces, al juzgar a los ejemplares en sus distintas categorÃas, deberán observar las
normas de Paso Fino establecidas en el ArtÃculo XI y al hacerlo, para emitir su fallo final,
deberán evaluar si el ejemplar tiene defectos descalificantes, graves o menos graves, según se
establece más adelante.
(A) Defectos Descalificantes Se dispone que serán defectos descalificantes:
1. Cojera
2. No andar a paso
3. Encabritarse o emperrarse.
4. Salirse de paso en forma marcada y obvia.
5. Ciego.
6. Criptórquido o castrado.
7. Ejemplares que presenten calambre.
(B) Defectos Graves Se dispone que serán defectos graves:
1. Levantar demasiado o bombeo de las patas.
2. Cruzar las patas delanteras o traseras.
3. Estacado o abierto de extremidades.
4. ArrÃtmico, un ritmo en movimiento de patas delanteras y otro en las traseras.
5. Falto de brÃos o fogosidad.
6. Movimiento lateral y horizontal de ancas.
7. Incomodidad al jinete.
8. Que no sea simétrico o parejo.
(C) Defectos Menos Graves Se dispone que serán defectos menos graves:
1. Barajo o remo en patas delanteras o traseras.
2. Movimiento falto de ejecución. Pisada varada de alguna extremidad.
3. Cerrado o abierto de corvejones al camin
4. Extremidades no paralelas al caminar.
5. Mala posición de cabeza.
6. Movimiento de cabeza.
7. Que no camine en lÃnea recta.
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(D) Pérdidas de Paso
No será tomado en descrédito si un ejemplar pierde el paso o ritmo por hacer
necesidades biológicas. De igual forma, no se tomará en descrédito el perder el
paso o ritmo por causas imprevistas, fuera de lo normal y ajenas al ejemplar, tales
como ruidos u objetos que distraigan al ejemplar, interferencias con personas u
otros ejemplares.
(E) Procedimientos Especiales
Cualquier juez podrá pedir al Director de Concurso uno o la totalidad de los
siguientes procedimientos especiales:
1. Ver dos o más ejemplares caminando por separado.
2. Ver dos o más ejemplares caminando en lÃnea recta de frente y de
espalda.
3. El juez, o los jueces en funciones, pueden ordenar detener a
los
animales y ordenarles salir de nuevo para observar si se salen y se
detiene al paso.
4. Ordenar que pasen nuevamente por la pista de resonancia.
5. Ordenar que realicen nuevamente la ejecución del ocho.
6. Prueba de rienda o dificultad.
7. Cualquier otro procedimiento que el juez entienda necesario.