Regl. 6815, art. 5-5.4 dup2
Conceptos de las Clases
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Cite as Reglamento Núm. 6815, Art. 5-5.4 dup2
Se redactará una descripción por cada una de las clases de puestos
comprendidas en el plan de clasificación que consistirá de una exposición
narrativa concisa y genérica sobre el contenido funcional en términos de los
deberes y responsabilidades, representativa de los puestos que enmarcan.
Estas descripciones se denominan Conceptos de las Clases.
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Los conceptos serán descriptivos de todos los puestos comprendidos en
la clase. Estos no serán prescriptivos 0 restrictivos a determinados puestos en
la clase. Serán utilizados como el instrumento básico en la clasificación y
reclasificación de puestos; en las determinaciones respecto al reclutamiento;
en la determinación de las lÃneas de ascensos, traslados y descensos; en la
determinación de las necesidades de adiestramiento del personal, en las
determinaciones básicas relacionadas con los aspectos de retribución,
presupuesto y transacciones de personal y para otros usos en la administración
de recursos humanos.
Los Conceptos de las Clases contendrán en su formato general los
siguientes elementos, en el orden indicado:
1.
TÃtulo oficial de la Clase y número de codificación.
2.
Naturaleza del trabajo donde se definirá en forma concisa y
genérica, la naturaleza y el nivel del trabajo envuelto.
3.
Aspectos distintivos del trabajo en donde se identificarán las
caracterÃsticas que diferencian una clase de otra.
4.
Ejemplos de trabajo, que incluirá tareas comunes y tÃpicas de los
puestos.
Se establecerá un glosario, junto con los Conceptos de las Clases, en
donde se definirán en forma clara y precisa los términos y adjetivos utilizados
en los mismos para la descripción del trabajo y de los grados de complejidad y
autoridad inherentes.
El (la) Procurador (a) formalizará el establecimiento de toda clase de
puestos al aprobar con su firma el Concepto de la Clase. Este documento
contendrá además del tÃtulo oficial, la codificación numérica, asignación de la
clase a la escala de sueldos que proceda y la fecha de efectividad. Igual
formalidad requerirá los cambios que se efectúen en los Conceptos de las
Clases para mantenerlos al dÃa a tono con el plan organizativo funcional de la
Oficina del (la) Procurador (a) de las Personas con Impedimentos y con los
deberes de los puestos.
Ef (la) Procurador (a) será responsable de mantener actualizados los
Conceptos de las Clases conforme a los cambios que ocurran en los programas
y actividades de la Oficina del (la) Procurador (a) de las Personas con
Impedimentos, asà como en la descripción de los puestos que conduzcan a la
modificación del plan de clasificación. Estos cambios serán registrados
inmediatamente después que ocurran o sean determinados.