Regl. 6815, art. 5-5.4 dup2

Conceptos de las Clases

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Cite as Reglamento Núm. 6815, Art. 5-5.4 dup2

Se redactará una descripción por cada una de las clases de puestos comprendidas en el plan de clasificación que consistirá de una exposición narrativa concisa y genérica sobre el contenido funcional en términos de los deberes y responsabilidades, representativa de los puestos que enmarcan. Estas descripciones se denominan Conceptos de las Clases. 14 Los conceptos serán descriptivos de todos los puestos comprendidos en la clase. Estos no serán prescriptivos 0 restrictivos a determinados puestos en la clase. Serán utilizados como el instrumento básico en la clasificación y reclasificación de puestos; en las determinaciones respecto al reclutamiento; en la determinación de las líneas de ascensos, traslados y descensos; en la determinación de las necesidades de adiestramiento del personal, en las determinaciones básicas relacionadas con los aspectos de retribución, presupuesto y transacciones de personal y para otros usos en la administración de recursos humanos. Los Conceptos de las Clases contendrán en su formato general los siguientes elementos, en el orden indicado: 1. Título oficial de la Clase y número de codificación. 2. Naturaleza del trabajo donde se definirá en forma concisa y genérica, la naturaleza y el nivel del trabajo envuelto. 3. Aspectos distintivos del trabajo en donde se identificarán las características que diferencian una clase de otra. 4. Ejemplos de trabajo, que incluirá tareas comunes y típicas de los puestos. Se establecerá un glosario, junto con los Conceptos de las Clases, en donde se definirán en forma clara y precisa los términos y adjetivos utilizados en los mismos para la descripción del trabajo y de los grados de complejidad y autoridad inherentes. El (la) Procurador (a) formalizará el establecimiento de toda clase de puestos al aprobar con su firma el Concepto de la Clase. Este documento contendrá además del título oficial, la codificación numérica, asignación de la clase a la escala de sueldos que proceda y la fecha de efectividad. Igual formalidad requerirá los cambios que se efectúen en los Conceptos de las Clases para mantenerlos al día a tono con el plan organizativo funcional de la Oficina del (la) Procurador (a) de las Personas con Impedimentos y con los deberes de los puestos. Ef (la) Procurador (a) será responsable de mantener actualizados los Conceptos de las Clases conforme a los cambios que ocurran en los programas y actividades de la Oficina del (la) Procurador (a) de las Personas con Impedimentos, así como en la descripción de los puestos que conduzcan a la modificación del plan de clasificación. Estos cambios serán registrados inmediatamente después que ocurran o sean determinados.
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