Regl. 6815, art. 5-5.9 dup2
Cambios de Deberes, Responsabilidades o Autoridad
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Cite as Reglamento Núm. 6815, Art. 5-5.9 dup2
El (la) Procurador (a) en el uso juicioso de su discreción, podrá disponer
cambios en los deberes, responsabilidades o autoridad de los puestos cuando lo
estime necesario o conveniente, sin que esto envuelva necesariamente la
reclasificación del puesto. En estos casos, los nuevos deberes, autoridad y
responsabilidad deberán ser afines con la clasificación del puesto afectado.
Estos se oficializarán en el formulario Descripción de Puesto.