Regl. 6816, art. 12-12.1
Objetivos
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Cite as Reglamento Núm. 6816, Art. 12-12.1
El Programa de Relaciones de Personal de la Oficina del (la) Procurador
(a) de las Personas con Impedimentos aspira a desarrollar en el empleado
plena conciencia de sus deberes y responsabilidades como servidor público; y a
crear un clima organizativo saludable que propenda a mantener altos niveles
de excelencia y productividad. A estos fines el Programa deberá canalizarse
hacia el logro de, entre otros, los siguientes objetivos:
1.
Mejorar las relaciones de personal a fin de propiciar el desarrollo
de actitudes positivas en el empleado, en beneficio de sus relaciones con
sus compañeros, supervisores y supervisados.
2.
Determinar las expectativas reales de los empleados a los fines de
adoptar medidas que propendan al logro de la mayor satisfacción posible
de parte de éstos.
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3. Ofrecer servicios profesionales para tratar de modificar actitudes y
estilos de conducta que manifiesten los empleados en sus relaciones con
sus compañeros y con los diferentes niveles de supervisión.
4. Ofrecer incentivos motivacionales tales como premios y
reconocimientos, encaminados a identificar al empleado con la Oficina y
con el servicio público en general, aumentar su productividad y lograr
mayor satisfacción personal en la tarea que desempeña.
5. Propiciar una comunicación efectiva entre todos los niveles
jerárquicos de la Oficina del (la) Procurador (a) de las Personas con
Impedimentos, con el propósito de mantener un clima saludable de
trabajo.
6. Lograr la participación efectiva del empleado mediante la
oportunidad de expresar sus ideas y someter planteamientos.