Regl. 6816, art. 14-14.7 dup2
Período Probatorio en Casos de Reingreso
Length: 63 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 6816, Art. 14-14.7 dup2
Las personas que reingresen a la Oficina del (la) Procurador (a) de las
Personas con Impedimentos estarán sujetas al período probatorio
correspondiente. Sin embargo, el (la) Procurador (a) podrá asignar status
regular a tales empleados cuando como consecuencia del reingreso sean
nombrados en un puesto dentro del término de un (1) año a partir de la fecha
de la separación del servicio.
183